MC-242-09 – Miembros de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), Colombia
El 16 de noviembre de 2009 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Enrique Rojas Rodríguez, Marco Romero Silva y Edna Bibiana Ortiz, miembros de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), Colombia. En la solicitud de medidas cautelares se alega que estas tres personas habrían sido objeto de interceptaciones telefónicas, seguimientos y otras actividades de inteligencia por parte de agentes del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). Agrega que los propuestos beneficiarios se encontrarían en una situación de riesgo en vista de alocuciones de altos funcionarios públicos contra el desarrollo sus actividades de defensa de personas en condición de desplazamiento forzado. Adicionalmente, se informa que el 30 de octubre de 2009, Edna Bibiana Ortiz formaba parte de la misión de verificación humanitaria sobre la situación de poblaciones desplazadas en el alto Sinú y alto San Jorge, la cual fue atacada con armas de fuego, presuntamente por grupos paramilitares, resultando en la muerte de un maestro y la hospitalización de una enfermera. La Comisión Interamericana solicitó al Estado de Colombia adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de los beneficiarios; proveer un sistema de enlace y/o protección para miembros de CODHES que se desplazan a zonas de conflicto durante el desempeño de sus funciones; proveer protección perimetral a la sede de CODHES; y garantizar el acceso a la información a los archivos de inteligencia que sea necesario a fin de proteger su seguridad personal.
MC 319/09 – Liga de Mujeres Desplazadas – Cartagena, Colombia
El 18 de noviembre de 2009 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Doris Berrio Palomino y su familia, en Colombia. En la solicitud de medidas cautelares se alega que el 31 de agosto de 2009, Jair Pantoja Berrio, hijo de Doris Berrio Palomino y fundador de la Liga Joven, de la Liga de Mujeres Desplazadas (LMD), fue asesinado en Cartagena. La solicitud indica que el asesinato tuvo lugar a pesar de que la familia de Doris Berrio Palomino cuenta con medidas de seguridad proporcionadas por el Estado colombiano. Añade que la Corte Constitucional se habría pronunciado sobre la situación de riesgo de los integrantes de la LMD en tres ocasiones, y que los integrantes de la Liga han informado al Ministerio del Interior sobre la insuficiencia de las medidas de seguridad, pero alega que el Estado colombiano no habría actuado con diligencia para asegurar que los esquemas de seguridad sean eficaces. La solicitud indica además que durante el año 2009, varios líderes de organizaciones no gubernamentales dedicadas a la protección de los derechos de la población desplazada en Cartagena habrían sido asesinados, y que desde marzo de 2001 los integrantes de la LMD serían víctimas de actos de violencia y amenazas, presuntamente perpetrados por grupos armados al margen de la ley. La Comisión solicitó al Gobierno de Colombia que adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de Doris Berrio Palomino y su familia, y que informe sobre las acciones adoptadas a fin de esclarecer judicialmente los hechos que justifican la adopción de medidas cautelares.
CIDHCIDH